D E C A I L E N E R G I A
D E C A I L  E N E R G I A

CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS


El Decreto 6/2011, de 01/02/2011, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación energética de edificios en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios y Entidades de Verificación de la Conformidad, viene a desarrollar el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, con el objetivo de promover en la Comunidad Autónoma la eficiencia energética en la edificación, ofreciendo a consumidores y usuarios información objetiva del comportamiento energético de los edificios.

El Real Decreto 235/2013, establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
 
Tasas:
Conforme a la Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, son de aplicación las tasas reguladas por  la Tarifa 18 (Actuaciones y servicios en materia de certificaciones de eficiencia energética de viviendas y edificios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha), actualizadas por la Ley de Presupuestos de Castilla-La Mancha.
El importe vigente e individualizado para cada trámite se recoge en el modelo de solicitud  correspondiente, así como las instrucciones para su pago.
Observaciones:

  • Para la inscripción de certificados de eficiencia energética de edificios nuevos, en fase de proyecto o de edificio terminado, en el Registro Autonómico, se aplicará lo dispuesto en el Decreto 6/2011, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación energética de edificios en la Comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios y Entidades de Verificación de la Conformidad.
  • Para la inscripción de certificados de eficiencia energética de edificios existentes en el Registro Autonómico, se aplicará lo dispuesto en la Orden de 11/06/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se regula la inscripción de las certificaciones de eficiencia energética de los edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
  • Para aquel  edificio en el que se solicita licencia de obra con posterioridad al 1 de noviembre de 2007 y no cuente con certificado de eficiencia energética, será necesario  la obtención del CERTIFICADO DE EDIFICIO TERMINADO (con verificación de la Conformidad).
  • Para aquel  edificio en el que se solicitó licencia de obra con anterioridad a 1 de noviembre de 2007, o en esta fecha se encontraba en construcción y no cuente con certificado de eficiencia energética, será necesario la obtención del CERTIFICADO DE EDIFICIO EXISTENTE.

Distribución Eléctrica Caridad e Ildefonso SL

c/ San Antonio, 9

02695 Villar de Chinchilla

ALBACETE

 

900 10 20 54

info@decail.net

Versión para imprimir | Mapa del sitio
© DISTRIBUCION ELECTRICA CARIDAD E ILDEFONSO, S.L.

Página web creada con IONOS Mi Web.